“AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD” Lima 24 de abril de 2020
Señora Abogada
Alicia Abanto Cabanillas
Adjunta del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas Defensoría Del Pueblo
Jirón Ucayali 394 – 398
Lima 1
Tel. 311 0300 – Anexo 3051
CC: Sra. Abogada
Dra. Lisbeth Castro Rodríguez
Representante de la Defensoría del Pueblo de Loreto Jirón Loreto No 469
Iquitos
Estimada Señora
Yo, Richard Rubio, Vicepresidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana AIDESEP, con DNI 05311425, con domicilio en Avenida San Eugenio 981, Santa Catalina, distrito de La Victoria, provincia de Lima, teléfono 471 7118, Celular: 996784501, me dirijo a Usted a fin de presentar una queja contra la Marina de Guerra del Perú, destacamento de Iquitos por los motivos que paso a exponer.
El día de ayer 23 de abril de 2020 se dio un incidente entre un suboficial de la Marina de Guerra del Perú realizando patrullaje en un deslizador por el río Napo, antes de llegar a Santa Clotilde, y los comuneros y autoridades de la Comunidad Campesina Libertad y la Comunidad Nativa Negro Urco.
Localización aproximada del incidente en el rio Napo
Cuando el deslizador de la Marina navegaba por el río Napo con destino a la localidad de Santa Clotilde-sede del distrito del Napo pertenecientes a la provincia de Maynas, región de Loreto, los miembros y autoridades de las comunidades campesina y nativa estaban haciendo guardia en el río cumpliendo con el rol de autodefensa de control territorial y al ver que pasaba el deslizador de los guardacostas se aproximaron en unos botes y dos canoas a cerrar el paso de la nave.
Ello llevó a una discusión entre un suboficial que no se quiso identificar con los comuneros de la Comunidad Nativa de Negro Urco y de Libertad. El suboficial superior increpó “que quiénes son ustedes para cerrar el río. Por qué nosotros no tenemos conocimiento de lo que están haciendo, es más porque no han comunicado al gobernador regional, al subprefecto y la policía nacional local la decisión que tomaron para que la Marina esté informada”. El suboficial continúo increpando a los comuneros y les dijo que “deberían pasar la cuarentena dentro de sus casas sin salir y que las otras personas no les debería importar”.
Para los comuneros la cuarentena se vive protegiéndose del ingreso de terceros y foráneos, por ello, su decisión de cerrar el tránsito en el río a embarcaciones que continúan haciendo tránsito de carga y pasajeros especialmente viniendo desde Iquitos donde es un grave foco de infección.
Deslizador guardacostas de la Marina discutiendo con la Guardia Comunal de la Comunidad Campesina Libertad.
Los pueblos indígenas se sienten ofendidos por el maltrato a la Presidenta de la Federación de Comunidades Nativas del Medio Napo, Curaray y Arabela FECONAMNCUA, Señora Betty Rubio Padilla, y al personal que resguarda el cumplimiento de la cuarentena. La Federación ha venido apoyando con alimentos y coordinando el apoyo de las autoridades sectoriales, el control de tránsito fluvial para respetar la cuarentena y asegurar el abastecimiento alimentario de sus bases federativas.
La Federación de Comunidades Nativas Maijunas FECONAMAI, la Federación de Comunidades Nativas del Medio Napo, Curaray y Arabela FECONAMNCUA y la Federación de Comunidades Nativas del Curaray FECONCU continúan acatando la cuarentena nacional decretada por el gobierno y siguen manteniendo a la población en sus comunidades.
Lamentablemente el tráfico por el río con embarcaciones que decían llevar solo alimentos, pero llevaban también personas desde Iquitos llevó a que las federaciones tratando de garantizar el control de su seguridad decidieran cerrar el tránsito fluvial en el río desde hace ya casi tres semanas, en aplicación de la autodefensa comunal y por el abandono de las autoridades.
Esta decisión fue notificada a la Municipalidad, a la Comisaria, al Colegio y otras autoridades. Juntamente con las Federaciones se formó un Comité Intersectorial para el Control de la Pandemia.
El distrito del Napo agrupa a 74 comunidades nativas de cuatro pueblos indígenas (Quichua, Murui-Muinane, Arabela y Maijuna), 7 comunidades campesinas y dos centros poblados. Aquí la cuarentena se vive cerrando el ingreso a las comunidades mientras que en la comunidad se viven las actividades comunales pues no hay contagiados ni riesgo de contagio mientras no ingrese alguien que venga de afuera.
Guardia Comunal cerrando el paso en el río
En las 11 regiones amazónicas ya hay más de 1,000 personas contagiadas con coronavirus en lo que va de la cuarentena. En las comunidades nativas todos tienen temor del contagio, peor aún que en ellas no se han aplicado exámenes y los puestos de salud están generalmente desabastecidos.
Sorprende a las comunidades y federaciones que:
* Este deslizador de guardacostas se haya dado el trabajo de navegar horas por el río sin llevar mascarillas, material de prevención o alimentos para las comunidades;
* Pese a que la decisión de cerrar el rio fue comunicada a la Comisaria de la PNP esta no haya comunicado a las autoridades superiores;
* Que la Marina no se haya comunicado con el puesto policial para conocer la situación en la zona antes de realizar el viaje.
Señora Adjunta al Defensor del Pueblo por su intermedio pedimos al Defensor del Pueblo pido:
1. Supervisar que el Ministerio de Defensa y eventualmente el Ministerio del Interior cumplan con adoptar las medidas necesarias para garantizar el no tránsito de personas en ríos y vías de comunicación, especialmente garantizando que no haya personas ingresando a las comunidades nativas que pueden ser un riesgo de contagio.
2. Supervisar que el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior cumplan con respetar la decisión de los pueblos indígenas, en el ejercicio de su derecho de autodefensa, a través de sus organizaciones representativas en coordinación con los apus comunales y autoridades locales, particularmente en la jurisdicción del Napo, pero también en el resto de la Amazonia, de no recibir foráneos en sus comunidades para prevenir la propagación del contagio del COVID-19 en las comunidades;
3. Supervisar que el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior cumplan con coordinar y verificar con las autoridades locales y comunales si hay la necesidad de enviar alguna comitiva oficial y evitar así incidentes como el relatado que no apoyan a mantener el orden y respeto a la cuarentena decretada por el Gobierno Nacional.
Fundamentamos nuestra decisión autónoma (art. 2.1 y 7.1 del Convenio 169 de la OIT; artículos 3, 4, 5, 7 de la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas; artículos 1.1, 4 y 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 1.1, 12 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y art. 89 de la Constitución Política) de cerrar la comunidad como un medio para garantizar el derecho a la integridad física y social de los pueblos indígenas (arts. 2.1, 2.2, 2.23 y 89 de la Constitución Política y de los artículos 3.2, 4, 7, 8, especialmente los artículos 18, 25 y 33 del Convenio 169 de la OIT), por ello solicitamos se respete el derecho nuestro derecho a la igualdad y a la no discriminación (arts. 2.2 y 7 de la Constitución y 2.2 y 4.1 del Convenio 169 de la OIT) en organizar nuestra protección para evitar la propagación del contagio del COVID-19 en las comunidades.
DNI 053114254
Muy bien hecho, realmente el estado no tiene un plan de acción para pueblos indígenas y además no respetan que las organizaciones indígenas y comunidades han cerrado sus fronteras como una forma de controlar la Pandemia. Esto lo hacen en virtud de su derecho de libre determinación reconocido en el Convenio 169 de la Oit